Resolución 70/2006 Mercosur, de 13-12-2006. ARANCEL EXTERNO COMÚN INCORPORACIÓN A LA NCM DE LA IV ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS
Fecha de entrada en vigor | 01 Julio 2007 |
Emisor | (CT Nº 1) Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías |
Fecha | 13 Diciembre 2006 |
Materia | AEC |
Participantes | Argentina,Brasil,Paraguay,Uruguay |
MERCOSUR/GMC/RES N° 70/06
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 07/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 65/01 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera del 26 de junio de 2004 aprobó la IV Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, con vigencia a partir del 1o de enero de 2007.
Que la República Argentina, la República Federativa de Brasil y la República de Paraguay son Partes Contratantes del Convenio del Sistema Armonizado.
Que la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) se aplica como nomenclatura única para las operaciones de comercio exterior, tanto entre los Estados Partes del Tratado de Asunción como con terceros mercados.
Que resulta necesario adecuar la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y su correspondiente Arancel Externo Común (AEC) en virtud de las modificaciones señaladas.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el “Arancel Externo Común (AEC) basado en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)”, en sus versiones en los idiomas español y portugués, ajustado a la IV Enmienda...
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